MTOP y ANT entregan Metodología para la fijación de tarifas para el Transporte Público de Pasajeros en el Ámbito Intracantonal Urbano

Quito, 4 de enero de 2022

El ministro de Transporte y Obras Públicas, Marcelo Cabrera, como titular del ente rector del Sector del Transporte a nivel nacional, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Cuadragésima Séptima de la Nueva Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, conjuntamente con el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito, Adrián Castro, entregó el Acuerdo Ministerial Nro. 067-2021 y la Metodología para la fijación de tarifas para el Transporte Público de Pasajeros en el Ámbito Intracantonal Urbano al presidente de la Cámara Nacional de Transporte Intracantonal del Ecuador, Miguel Guamán.

Marcelo Cabrera, manifestó que esta propuesta integral toma en cuenta varios conceptos y criterios técnicos de áreas del transporte, estadística, economía y finanzas, y considera todos los componentes correspondientes a la operación, incluidos los determinados en la Ley de Tránsito tales como: elevadores para acceso de personas con discapacidad, estructuras portabicicletas, gps, sistemas de recaudo electrónico, entre otros.

Además, señaló que el documento fue elaborado por la ANT, en tiempo récord, bajo la premisa que el transporte público de pasajeros debe brindar servicios de calidad y tarifas accesibles.

“En términos generales, impulsamos una metodología técnica y socialmente justa, que permita reactivar a este sector de gran importancia para el desarrollo del país y sobre todo pensar en el bienestar del usuario del transporte”, agregó.

El ministro Cabrera exhortó a los Municipios que tienen la competencia de tránsito que acojan esta metodología técnica que pasó por un análisis extremo y consensuado por todas las operadoras de transporte urbano a nivel nacional, actores municipalidades y usuarios.

Adrián Castro, por su parte, recordó que el régimen transitorio de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, publicada el 10 de agosto de 2021, establece como directriz obligatoria la elaboración de marcos referenciales tarifarios a nivel nacional para todas las modalidades de transporte. La entrega de hoy, da muestra del cumplimiento de este mandato, aseguró.

Adicionalmente, recalcó que el marco referencial establecido bajo la Ley de Tránsito es el único que debe ser observado por todos los Municipios del país. “Esta metodología no fija ningún valor, no dice cuánto es la tarifa del transporte público, establece opciones técnicas para análisis de los GAD y que estos definan las tarifas a nivel cantonal”.

Castro reiteró que la tarifa no puede ser fijada por el Gobierno Nacional. “Lo prohíbe la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD), en su artículo 4 y 6. Las carteras de Estado, los Ministerios no pueden interferir en la competencia exclusiva de los Municipios. Esto sería violar la normativa de forma expresa, por ello, hicimos lo que dice la Ley: establecer el marco referencial obligatorio para que los GAD tomen la decisión final” puntualizó.

Es fundamental recordar que, el artículo 264, numeral seis de la Constitución, establece que los gobiernos municipales tienen la competencia de planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal. En este contexto, es decisión de los Consejos Municipales establecer las directrices internas para fijar las tarifas.

De su lado, el transportista Miguel Guamán expresó su gratitud al Gobierno Nacional porque gracias a su gestión nace una etapa técnica para el transporte urbano que permitirá la revisión de la tarifa cada dos años para que esté acorde a la realidad del país y brinde un servicio digno.

Para mayor información descargue:

Dirección de Comunicación Social
Ministerio de Transporte y Obras Públicas